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AFIP sanciona a empresas que no cobraban el 35% de recargo a pasajes internacionales

En una serie de operativos realizados en buena parte de la Argentina por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP; se sancionó a una serie de empresas de transporte terrestre que no estaban cobrando a los pasajeros argentinos y extranjeros residentes, el 35% de percepción (recargo obligatorio) a los viajes al exterior.  Los operativos fueron realizados en los últimos días  por los agentes de la AFIP en las Terminales de Retiro y Liniers en la Ciudad de Buenos Aires, como también en Córdoba, Mendoza, Salta, San Salvador de Jujuy, Posadas, Resistencia, Rosario y otras localidades dentro de la Argentina.

Algunas de las empresas de transporte sancionadas con el retiro del CUIL (equivalente al RUT, RFC o RUC en otros países) y prohibición de venta de pasajes por varios días son las siguientes empresas:

La Santaniana SA:
Expreso Internacional Ormeño SRL,
Rápido La Yuteña SRL
La Guaireña,
Buses Potosí SA,
Serrano Martín Horacio (comisionista de Puma Bus)
Rojas Cosme, Jose Luis (comisionista de Bolpar).
 La Veloz del Norte
Andesmar
Mercobus
El Rápido Internacional -Tramat,
Geminis,
Pullman Bus
Juárez C. Internacional
 Frontera del Norte
Viacao Ouro E Prata SA  (Fuente: DYN)

En lo personal, como lo he dicho en este blog más de una vez, el impuesto adicional al 35% por ciento aplicado por la AFIP, es sin duda, un grave error sobretodo por el hecho de que en el fondo es un impuesto a los pobres, dado que la mayoría de los que viajan en micros a Bolivia, Perú o Paraguay son inmigrantes que van o vuelven a sus países de origen, siendo en la práctica un impuesto a la libre circulación de las personas. 

Comentarios

  1. La percepción debió haber excluido al transporte terrestre. De todas maneras es aplicable y es correcta la sanción de afip. Lo más grave es que lo cobren y no lo paguen, dado que se trataría de una doble estafa.

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